LITEYCA  LA PRIMERA DE LAS CONTRATAS EN SENTARSE EN LA AUDIENCIA NACIONAL POR EL INCUMPLIMIENTO DEL PACTO DE DESCONVOCATORIA DE HUELGA DE 2015.


El pasado 21 de mayo se celebró en la audiencia nacional el primero de los juicios interpuesto por las fuerzas sindicales de UGT y CC.OO contra las contratas de telefonía que trabajan para Telefonica de España. LITEYCA es la primera empresa en pasar por los juzgados por incumplir lo pactado con los sindicatos en 2015, tras firmar el pasado 13 de marzo, acta de desacuerdo en el SIMA-FSP y no querer cumplir lo referente, a la obligación de alcanzar el 70% de trabajadores de recursos propios, y un 30% de subcontratados, en su plantilla. 

Tras la HUELGA indefinida de 2015, algunos creímos que TELEFONICA ESPAÑA SAU. Entendió como nosotros, que la única vía de regular un sector con niveles tan altos de precarización, no era otra que el de limitar la subcontratación, acabando de esta manera con su mayor exponente, que no era otro, que la figura del falso autónomo. No solo eso si no que entendió también, que regular un sector tan atomizado y precarizado, solo se conseguiría trasvasando los trabajadores a las plantillas de las contratas principales, ya que de esta manera, al contar estás con RLT, presumiblemente se garantizaba como mínimo el cumplimiento de los convenios de referencia.
En dicho pacto, literalmente se indicaba quienes eran parte del sector: empresas contratistas, empresas subcontratistas y trabajadores autónomos que trabajaban para ambas. Así mismo se fijo el objetivo, de alcanzar una cuota de recurso propio del 70% en la contratista principal en enero de 2018; 14 meses después de la fecha limite, ninguna de las empresas firmantes ha alcanzado la cuota de recurso propio fijada; no nos sorprende por que a estas empresas, es precisamente en esta desregulación y atomización del sector donde realmente se encuentran más cómodas. Lo que nos llama más la atención es que lo hagan ante la atenta mirada de TELEFONICA ESPAÑA SAU. sin repercusión alguna.
Sorprendentemente TELEFONICA DE ESPAÑA SAU. ha obligado a las contratas a firmar recientemente una ADENDA, en el pliego de condiciones del CONTRATO BUCLE, que indica, que solo se admite un único nivel de subcontratación (exceptuando obra civil), y que las actividades recurrentes del contrato bucle se realizarán preferiblemente con trabajadores de la CONTRATISTA, admitiendo la subcontratación con un máximo del 30%. Todo ello bajo amenaza expresa de penalizaciones económicas que podrán alcanzar el 3% de la facturación mensual.
Está es la segunda vez que TELEFONICA ESPAÑA SAU. nos deja claro su nula voluntad por regular el sector una vez frías las ascuas de la HUELGA, la primera nos lo certifico con la elección de la nueva empresa contratista firmante del contrato bucle; ZENER y el sobradamente conocido carácter antisindical de la misma, (a fecha de hoy ni siquiera ha firmado el acuerdo tal y como se comprometió en la mesa negociadora).
Lejos en esta ocasión de forzar a sus contratas al cumplimiento de lo que ya firmaron en 2015 y máxime que como indicamos les acaba de obligar a golpe de ADENDA, a cumplir con las mismas cuotas de subcontratación, antes del 1 de Abril de 2019, TELEFONICA ESPAÑA SAU. mira ahora para otro lado mientras sus contratas incumplen fragantemente lo acordado con ambos.
Sea cual fuere los motivos de su pasividad desde UGT-FICA no entendemos de ninguna manera como TELEFONICA ESPAÑA SAU. rompe su compromiso, con la parte social, precisamente en la recta final del proceso, cuando solo le queda dar el último empujón a las contratas para el cumplimiento de lo que firmaron en su día. Precisamente cuando debería ser la más interesada (tendiendo puentes y no dinamitándolos) conocedora como lo es, de que en ambas federaciones, andamos inmersos en la negociación del anexo IX del CEM y por lo tanto conoce sobradamente nuestras intenciones de expandir estas condiciones al conjunto del sector, es decir a las contratas del resto de operadoras telefónicas (JAZZTEL , VODAFONE , ORANGE, etc.), algo que sin duda nos interesa a todos.
LITEYCA basó toda su defensa en desdibujar la realidad, con un relato de los hechos ficticio, con la única finalidad de embarrar el juicio con falsedades sobre la interpretación de lo que se firmo en su día, utilizando incluso como testigos a directivos de COBRA  y de la propia LITEYCA, lo que provoco la correspondiente reprobación del juez por la inconsistencia de las testificaciones de parte.
La defensa de los demandantes, abogados estatales de UGT y CC.OO. centraron toda su defensa en la literalidad de lo firmado en 2015 y ratificado de nuevo en el SIMA en 2017, y en que la parte empresarial nunca excluyo del acuerdo las actividades que se desarrollan por parte de los trabajadores de planta externa. Argumento demoledor y que esperamos la justicia en los próximos días ratifique con sentencia positiva al respecto.


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